La Asociación El Toro de Madrid insta a ese Ministerio a reconsiderar en profundidad esta iniciativa, a desistir de cualquier intento de prohibición generalizada y a optar por soluciones respetuosas con el ordenamiento jurídico vigente, el marco competencial establecido y la libertad de las familias para decidir, de forma responsable, sobre la educación cultural y moral de sus hijos



Muy señora nuestra:
La Asociación El Toro de Madrid, entidad cultural con una dilatada trayectoria en la defensa, el estudio y la divulgación de la tauromaquia como patrimonio histórico y cultural español, se dirige a ese Ministerio para manifestar formalmente su profunda preocupación y su expresa oposición a la iniciativa anunciada por el Ministerio de Juventud e Infancia consistente en prohibir, con carácter general, la asistencia de menores de edad a los festejos taurinos.
Desde esta Asociacion deseamos dejar constancia, en primer lugar, de nuestro respeto a las instituciones del Estado y de nuestra coincidencia con la necesidad de garantizar una protección integral y efectiva de la infancia y la adolescencia. La salvaguarda del bienestar de los menores constituye un objetivo incuestionable que debe presidir cualquier actuación pública responsable.
Ahora bien, precisamente por la relevancia de dicho objetivo, entendemos que la propuesta anunciada parte de un planteamiento erroneo al optar por una prohibicion generalizada que carece de base objetiva suficiente, ignora el marco jurídico vigente y desatiende la compleja realidad cultural, social y territorial del Estado. Una medida de tal alcance no puede justificarse desde enfoques simplificadores ni desde lecturas parciales de una manifestacion cultural profundamente arraigada y legalmente reconocida.
La tauromaquia, reconocida en nuestro ordenamiento juridico como manifestación cultural y patrimonio cultural inmaterial, ha convivido históricamente con la presencia de menores en un entorno regulado, supervisado y generalmente vinculado al ámbito familiar, sin que ello haya supuesto menoscabo alguno para su desarrollo personal, moral o emocional. Muy al contrario, para numerosas familias ha constituido una vía legítima de transmisión cultural, integrada de forma natural en el ejercicio de su libertad educativa.
Debe recordarse, asimismo, que la regulación de la asistencia y participación de menores en festejos taurinos ha sido tradicionalmente competencia de las Comunidades Autonomas, en el marco de sus atribuciones en materia de cultura, espectáculos públicos y protección de menores. Así lo ha establecido de forma reiterada e inequívoca la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que ha delimitado un marco competencial claro y consolidado, atribuyendo a las Comunidades Autónomas la facultad de regular las condiciones de acceso y participacion de los menores en este tipo de espectáculos.
Este reparto competencial ha sido, ademas, reconocido expresamente por el propio Estado español en el ambito internacional. En la documentación remitida a los órganos de tratados de Naciones Unidas, en particular en el contexto de los procedimientos de examen ante el Comite de los Derechos del Nino, España ha afirmado de manera clara que corresponde a las Comunidades Autonomas establecer las condiciones relativas a la asistencia y participacion de menores en los festejos taurinos.
Dichos compromisos internacionales insisten, asimismo, en que las politicas publicas de protección de la infancia deben ajustarse a los principios de proporcionalidad, respeto a la diversidad cultural, participación familiar y adecuación al contexto social y cultural de cada Estado, sin avalar prohibiciones generales ni respuestas uniformes ante realidades complejas.
Salvo el caso singular de la Comunidad Autonoma de Illes Balears, que opto por una prohibición especifica, el resto de Comunidades Autónomas permiten, con distintos requisitos y condiciones, la asistencia y participación de menores tanto en espectáculos taurinos reglados como en festejos populares y en el ambito de las escuelas de tauromaquia. Este marco normativo evidencia la inexistencia de una necesidad objetiva y homogénea que justifique una prohibición estatal generalizada.
En este contexto, la propuesta, tal y como ha sido planteada, presenta deficiencias sustanciales desde los puntos de vista jurídico, cultural y social, que afectan al núcleo mismo de los derechos culturales y educativos propios de una sociedad democrática, por las siguientes razones:
La tauromaquia constituye un patrimonio cultural vivo, reconocido por el ordenamiento jurídico español como manifestación de interés cultural e histórico. Su transmisión intergeneracional ha sido, durante siglos, una forma de arraigo identitario y social para amplias comunidades. Su restricción o progresiva exclusión, impuesta desde el legislador estatal, lesiona la libertad cultural de los ciudadanos y el reconocimiento constitucional de la diversidad cultural de los territorios.
La asistencia de menores a festejos taurinos ha sido una práctica regulada y supervisada durante décadas, especialmente en aquellas Comunidades donde la tauromaquia forma parte del tejido social y cultural. La prohibición general propuesta desconoce esta tradición jurídico-administrativa y la doctrina constitucional que atribuye a las Comunidades Autónomas la competencia para fijar las condiciones de acceso y participacion de menores.
La libertad de crianza y de educacion cultural de las familias constituye un pilar esencial de un Estado de Derecho. Corresponde a los padres y tutores decidir, de forma responsable y acompanada, el acceso de los menores a su patrimonio cultural, y no a una prohibicion general sustentada en una concepción unilateral del fenómeno taurino.
La tauromaquia transmite valores eticos complejos y profundamente humanos, como el esfuerzo, la disciplina, la superación personal y el respeto al toro bravo. Negar el acceso de los menores a estos espacios culturales limita la posibilidad de educar en una comprension honesta y madura de la realidad, esencial para su desarrollo ético y emocional en el marco de una educación integral y plural.
Por todo lo expuesto, la Asociacion El Toro de Madrid considera que una prohibicion total de la asistencia de menores a los festejos taurinos constituye una medida innecesaria, desproporcionada y carente de fundamento jurídico suficiente, que no aporta una proteccion adicional efectiva a la infancia y que, por el contrario, afecta negativamente a derechos fundamentales, invade el ámbito competencial autonómico y restringe injustificadamente la libertad educativa y cultural de las familias.
Desde una perspectiva estrictamente jurídica, esta Asociacion no puede dejar de advertir que una medida de estas características plantea serias dudas de encaje constitucional, a la luz de la doctrina reiterada del Tribunal Constitucional sobre el reparto competencial en materia de festejos taurinos y protección de menores, además de contradecir el principio de proporcionalidad que debe presidir toda actuacion legislativa restrictiva de derechos.
Por todo ello, la Asociación El Toro de Madrid insta a ese Ministerio a reconsiderar en profundidad esta iniciativa, a desistir de cualquier intento de prohibición generalizada y a optar por soluciones respetuosas con el ordenamiento jurídico vigente, el marco competencial establecido y la libertad de las familias para decidir, de forma responsable, sobre la educación cultural y moral de sus hijos.
Atentamente, Carlos Rodríguez-Villa Rey
Presidente de la Asociación El Toro de Madrid
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